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La Tarjeta Dorada de Renfe, título de transporte ferroviario que proporciona mejoras tarifarias a sus poseedores, se amplía a todas las personas con grado de discapacidad oficialmente reconocida desde el 33 por 100.
El Gobierno, a través del Ministerio de Fomento, ha aprobado extender los grupos que pueden disfrutar de los beneficios recogidos en la Tarjeta Dorada para los servicios ferroviarios prestados por Renfe que son competencia de la Administración General del Estado. De este modo, se incluye a los grupos con grado de discapacidad o igual o superior al 33 por 100, frente al 65 por 100 actual.
Esta medida aumenta en mas de un millón de personas los posibles beneficiarios de esta Tarjeta y los beneficios que conlleva, desde descuentos en los billetes de hasta un 40 por 100.
El coste de la medida será asumido por la Administración General del Estado para los servicios de Cercanías y Media Distancia, dada su calificación de Obligación de Servicio Público, y por la propia Renfe para sus servicios AVE y Larga Distancia al tener estos la consideración de Servicios comerciales que operan en libre competencia con otros modos de transporte.
La entrada en vigor de estas nuevas condiciones se producirá el día 1 de abril de 2019 y toda la información estará disponible en la página web de Renfe.
Estas medidas a favor de las personas con discapacidad que usan el ferrocarril para sus desplazamientos han sido sugeridas y planteadas por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) al Ministerio de Fomento, que finalmente las ha hecho suyas, adoptándolas oficialmente.
NUEVAS CONDICIONES DE LA TARJETA DORADA
Desde el 1 de abril de 2019, la Tarjeta Dorada de Renfe podrá ser adquirida por:
– Personas mayores de 60 años.
– Pensionistas mayores de 18 años de la Seguridad Social Española que estén en situación de Incapacidad física o psíquica Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
– Pensionistas mayores de 18 años de las clases pasivas civiles y retirados militares que estén en situación de Incapacidad Permanente para el servicio o inutilidad.
– Personas con una discapacidad igual o superior al 33 por 100.
– Acompañantes de personas con una discapacidad igual o superior al 65 por 100, que tendrán las mismas condiciones económicas de viaje que el titular.
El CERMI saluda la implantación de esta medida por parte del Ministerio de Fomento, que ha sido receptivo a las peticiones del sector, que trata de compensar el mayor esfuerzo económico que para las personas con discapacidad supone el uso del transporte ferroviario

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