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El próximo lunes día 15 de junio entra en vigor la nueva renta conocida como “Ingreso Mínimo Vital” (IMV). Esta nueva prestación tiene como objetivo primordial evitar el riesgo de pobreza y exclusión social que surge en aquellas familias que, por falta de ingresos económicos no pueden atender sus necesidades básicas.

Esta prestación viene a cubrir la carencia de una respuesta a nivel nacional en cuanto a las situaciones de vulnerabilidad económica de las familias españolas, aunque si existía, hasta el momento, respuesta autonómica a través de las rentas establecidas en algunas comunidades autónomas, como es el caso de la renta de inclusión social en la Comunidad Valenciana.

Esta renta se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, lo cual garantía el acceso como derecho en el caso de cumplir con los requisitos establecidos. El IMV formará parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y trata de garantizar un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Además, previo desarrollo complementario por parte de las autonomías, supondrá un incentivo a la búsqueda de empleo por parte de los beneficiarios.

La cantidad a percibir dependerá de los miembros que compongan la unidad familiar y de los ingresos que perciben, así como el patrimonio del que son titulares.  Se han establecido unos límites para cada supuesto de convivencia que determinará la cantidad que tiene derecho a percibir cada titular. Además de establece la compatibilidad del IMV con otro tipo de ayudas.

Existen diferentes vías para su solicitud y tramitación, tanto telemática como presencial, con cita previa a través de las oficinas de la seguridad social. Del mismo modo se ha habilitado un teléfono de contacto gratuito para atención de dudas 900 20 22 22.

En este sentido, la página web del INSS ha establecido un Simulador en el que poder plantear la situación personal de cada consulta y establecer un estudio previo de las características de cada hogar. Puedes consultarlo en el enlace que indicamos.

https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador

 

El plazo para la presentación comienza el día 15 de junio y el reglamento establece que las solicitudes presentadas hasta el 15 de septiembre que cumplan los requisitos, tendrán efectos retroactivos desde el 1 de junio de 2020.

Os adjuntamos el siguiente enlace con toda la información detallada y preguntas frecuentes. Si tienes alguna duda o quieres realizar alguna consulta puedes ponerte en contacto con Adacea.

Elvira Estrobel

Trabajadora Social

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7#:~:text=Ingreso%20M%C3%ADnimo%20Vital,para%20cubrir%20sus%20necesidades%20b%C3%A1sicas.

 

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