Solicitantes
Cualquier persona física, propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana, a través de un técnico colaborador inscrito para la correspondiente convocatoria. Se adjunta el enlace con la relación de técnicos colaboradores inscritos para la tramitación de la ayuda
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas en las que concurra alguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos
Las viviendas que pretendan acogerse a las subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. El edificio en el momento de la solicitud debe tener una antigüedad superior a 20 años. No será necesario cumplir esta condición en el caso de actuaciones de adaptación de la vivienda para personas empadronadas con diversidad funcional con un grado de discapacidad superior al 33% o para personas mayores de 70 años.
2. Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario. Lo que se considerará acreditado al estar empadronado con anterioridad a la solicitud de las ayudas.
3. Que las obras, que pueden estar concluidas en el momento de la solicitud, tengan fecha de inicio posterior al día 1 de enero de 2020 y fecha de finalización posterior al 22 de junio del 2020 sin rebasar el plazo máximo de 6 meses contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el DOGV de la resolución de concesión de las ayudas.
El plazo de presentación finaliza el próximo 31 de mayo de 2021