Como sabéis, las personas con discapacidad menores de 18 años con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% y los mayores de edad con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65% (es lo que establece la ley 11/2003, sobre el Estatuto de las Personas con discapacidad) ESTÁN EXENTOS de pagar las recetas médicas (incluidas en estas los medicamentos, sondas y pañales).
Posiblemente, a la mayoría de vosotros os sale en las recetas médicas que debéis pagar el 10%. Para saber esto, hay que ir al centro de salud y decir que vosotros o vuestros hijos tenéis discapacidad y queréis saber si en vuestro SIP consta esta información, o aparecéis como pensionistas, cosa que no debe ser.
Si alguno de vosotros o de vuestros hijos, cumple los requisitos de discapacidad del primer párrafo, y sin embargo en vuestras recetas figura un código erróneo (es decir, que sois pensionistas y por tanto debéis pagar el 10%), habéis de seguir los siguientes pasos para modificar esto y no pagar nada (podéis hacerlo al mismo tiempo que vayáis a preguntar, llevando todo lo necesario):
1. Ir al centro de salud que corresponda para preguntar si están bien vuestros datos y, si no es así, solicitar que se modifique la acreditación del SIP a discapacitado.
2. Cumplimentar el impreso que se adjunta (el modelo es de Comunidad Valenciana, las demás Comunidades en el propio Centro de Salud deberéis solicitarlo, pero podéis llevaros este como referencia) , con dos copias, una para entregarla y otra para que nos la cuñen acreditando que hemos entregado la solicitud. —–>Solicitud Descargar aquí<——-
3. Llevar el certificado de discapacidad donde figure el grado que posee, la tarjeta SIP y el DNI, (original y copia). En el caso de los menores de edad también copia del libro de familia.
Si a alguno, se os ha cobrado algo estos días, pueden solicitar un reintegro de gastos, cumplimentado un impreso que para tal efecto se ha de pedir también en el centro de salud, adjuntando copia de los ticket de la oficina de farmacia.
En el caso de los pensionistas: si a un usuario pensionista le corresponde abonar un 10% hasta un tope de 8€, pero como la cantidad limite mensual está establecida en 30 €, la Conselleria de Sanitat abonara de oficio (directamente) esa diferencia de 22 €, de forma trimestral al usuario, ingresando el dinero en la cuenta en la que tenga domiciliada la pensión.
Para cualquier duda no dudéis en preguntar o llamarnos.